Oficina de Tratados Comerciales Agrícolas República Dominicana
Martes 07 de Septiempre, 2010

Contingentes DR-CAFTA

Ver REGLAMENTO 784-08

  • ¿Qué es un contingente arancelario?

Es un volumen definido de importación de productos agropecuarios que gozan de un trato arancelario especial, más bajo que el arancel fijado como máximo para el resto de importaciones por fuera de este volumen.

  • ¿Cuándo un producto es considerado un contingente arancelario?

Cuando los derechos de importación que se aplican a las cantidades dentro del contingente son más bajos que los que se aplican a las cantidades fuera de contingente (que pueden ser altos).

  • ¿Qué se toma en consideración para asignar los contingentes arancelarios?

Que el solicitante sea una persona física o jurídica, con operaciones comerciales en la República Dominicana, a excepción de las asociaciones de la industria u organizaciones no gubernamentales, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4 del Reglamento No. 784-08.

  • ¿Qué documentación debo presentar para la solicitud de contingentes arancelarios?

En el caso de Persona Física:

  1. Formulario de Solicitud debidamente completado.
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral.
  3. Descripción de la actividad económica a la que se dedica.
  4. Documentos que avalen su historial de importación del rubro solicitado.
  5. Información sobre la infraestructura física y condiciones de inocuidad para manejar el rubro solicitado.
  6. Dirección, número de teléfono fijo y fax designado para efectuar notificaciones.

En el caso de Persona Jurídica:

  1. Copia del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
  2. Copia del Registro Mercantil Vigente.
  3. Documentos que avalen su historial de importación del rubro solicitado.
  4. Copia de la última Asamblea General de Accionistas, debidamente registrada en la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo.*
  5. Designación apoderando al representante de la compañía, debidamente notarizada y certificada en la Procuraduría General de la República.
  6. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral del representante de la compañía.
  7. Información sobre la infraestructura física y condiciones de inocuidad para manejar el rubro solicitado.
  8. Dirección, número de teléfono fijo y fax designado para efectuar notificaciones.

* Aquellas que hayan sido registradas en el interior del país, sólo deben traer la copia registrada en la Cámara de Comercio y Producción de la provincia correspondiente.

  • ¿Qué es un certificado o licencia de importación?

Es un documento exigido por el Ministerio de Agricultura para autorizar la importación de bienes agropecuarios al país.

  • ¿Cuándo se considera a un importador como Tradicional?

Se le considerará como Importador Tradicional cuando demuestre que la persona o empresa ha establecido un récord de importación para cualquiera de los productos agropecuarios listados en el Artículo 1 del Reglamento No. 784-08, durante los tres (03) últimos años calendarios consecutivos anteriores al año calendario en el que el contingente arancelario esté disponible.

Es importante señalar que un Importador Tradicional para un producto, no necesariamente lo es para otro.

  • ¿Cuándo se considera a un importador como Nuevo?

Se considerará Importador Nuevo a toda persona, física o jurídica, que no califica como Importador Tradicional, pero que califica para participar en la importaciones de bienes agropecuarios en contingente, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4 del Reglamento No. 784-08.

  • ¿Cuál es el criterio para la distribución de los contingentes arancelarios entre Importadores Tradicionales e Importadores Nuevos?

Se distribuirá el 80% del total del contingente arancelario de un producto entre los Importadores Tradicionales, y el restante 20% del total de este contingente entre los Importadores Nuevos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 16 del Reglamento No. 784-08.

  • ¿Cómo son distribuidas las cuotas de importación a los solicitantes?

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 11 del Reglamento No. 784-08, la distribución de las cuotas se realiza en base a:

  1. Récord histórico de las importaciones realizadas por el interesado durante los últimos tres (03) años, del rubro solicitado.
  2. Cantidades solicitadas.
  3. Cantidades publicadas por la Comisión para las Importaciones Agropecuarias.

Para más información, favor referirse al Capítulo V del Reglamento No. 784-08, sobre “Método de Asignación” .

  • ¿Qué tiempo de vigencia tiene el Certificado de Asignación de Contingentes (CAC)?

La vigencia del CAC es de un (01) año, es decir, desde el día 1ro de enero hasta el día 31 de diciembre del mismo año calendario.

  • ¿Qué debo hacer si no puedo utilizar el total de los contingentes asignados?

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 31 del Reglamento No. 784-08, la totalidad o parte del volumen del contingente que no se utilizará, deberá ser devuelto a más tardar el día 1ro de septiembre del año calendario correspondiente, junto a una comunicación escrita dirigida a la Comisión para las Importaciones Agropecuarias.

  • ¿Cuáles productos están disponibles a ser solicitados en el marco del DR-CAFTA?

Estados Unidos de América

Mercancía Originaria

Fracción(es) Arancelaria(s)

Carne Bovina (Cortes Finos y Selectos)
Cortes Finos y Selectos de Carne de Res

Fresco o Refrigerados sin deshuesar/2

02012010

Cortes Finos y Selectos de Carne de Res

Fresco o refrigerado deshuesado

02013010

Cortes Finos y Selectos de Carne de Res

Congelados sin deshuesar

02022010

Trimming de Carne Bovina
Carne de Res en Trozos Irregulares

Deshuesados (”Trimming”)

02023010

Cortes de Cerdo

En canales o medias canales frescas o

refrigerada

02031100

Carne de cerdo: paletas y sus

trozos, sin deshuesar (fresca o refrigerada)

02031200

Las demás

02031900

En canales o medias canales congelados

02032100

Carne de cerdo: piernas, paletas y sus

trozos, sin deshuesar (congelada) cortes

finos

02032200

Carne de cerdo: en trozos irregulares

(”Trimming”)

02032910

Carne de cerdos: las demás

02032990

Tocino

Tocino sin Partes Magras

02090010

Tocino entrehuesado de Panza (panceta) y

sus trozos

02101200

Muslos de Pollo

Aves: muslos de pollo

02071492

Trozos y Despojos de Pollo (Deshuesado

Mecánicamente, MDM)

Trozos y despojos, frescos o refrigerados

(MDM)

02071300

Picados o Molidos Congelados (MDM)

02071410

Carne de Pavo

Aves: muslos de pavo

02072612

Picados o molidos

02072710

Muslos

02072792

Aves: pulpa de pavo

02072793

Leche Líquida

Leche Líquida: Con un contenido de

materias grasas inferior o igual al 1% en

Peso

04011000

Con un Contenido de Materias Grasas

superior al 1% pero inferior o igual al 6%

en Peso

04012000

Con un Contenido de Materias Grasas

superior al 6%, en Peso

04013000

Leche en Polvo

Leche y nata: acondicionados para la venta

al por menor en envases inmediatos de

contenido inferior o igual a 2.5 Kg.

04021000

Leche y nata: las demás

04021090

Leche y nata: acondicionados para la venta

al por menor en envases inmediatos de

contenido neto inferior o igual a 2.5 Kg.

04022110

Las demás

04022190

Acondicionados para la venta al por menor

en envases inmediatos de contenido neto

inferior o igual a 2.5 Kg.

04022910

Las demás

04022990

Mantequilla

Mantequilla (Manteca) demás partes de

grasas de leches

04051000

Queso Mozzarella

Queso Mozzarella

04061010

Queso Cheddar

Queso Cheddar

04069020

Otros Quesos

Queso fresco (sin madurar), incluido el del

lacto suero, y requesón

04061090

Queso & requesón: de cualquier tipo,

rayado o en polvo

04062000

Queso fundido, excepto el rayado o en

polvo

04063000

Queso de pasta azul

04064000

Queso de pasta blanda

04069010

Otros quesos

04069030

Queso: los demás

04069090

Helado

21050000

Helados, incluso con cacao

Yogurt

04031000

Suero de Mantequilla: Yogurt

Arroz Descascarillado (Arroz Cargo o

Arroz Pardo)

Arroz Descascarillado (arroz cargo o arroz

pardo

10062000

Arroz Semiblanqueado o Blanqueado,

Incluso Pulido o Glaseado

Arroz semiblanqueado o blanqueado,

incluso pulido o glaseado

10063000

Frijoles

Hortalizas, frijoles: (frejoles, porotos,

alubias, judías) de las especies Vigna

mungo (1) Hepper o Vigna radiata (1)

Wilczeck

07133100

Hortalizas, frijoles (frejoles, porotos,

alubias, judías) Adzu Ki (Phaseolus o

Vigna angulares) rojas

07133200

Hortalizas, frijoles (frejoles, porotos,

alubias, judías) comunes (Phaseolus

vulgaris)

07133300

Glucosa

17023021

Grasa de Cerdo

Grasa de Cerdo: (incluida la manteca de

cerdo) fundido

15010010

Centroamérica

Pechugas de Pollo (Nicaragua)

02071391, 02071491

Cebollas y Chalotes (Nicaragua)

07031000

Frijoles (Nicaragua)

Hortalizas, frijoles: (frejoles, porotos,

alubias, judías) de las especies Vigna

mungo (1) Hepper O Vigna radiata (1)

Wilczeck

07133100

Hortalizas, frijoles (frejoles, porotos,

alubias, judías) Adzu Ki (Phaseolus o

Vigna angularis) rojas

07133200

Hortalizas, frijoles (frejoles, porotos,

alubias, judías) comunes (Phaseolus

vulgaris)

07133300

Pechugas de Pollo (Costa Rica)

02071391, 02071491

Leche En Polvo (Costa Rica)

Leche y nata: acondicionados para la venta

al por menor en envases inmediatos de

contenido neto inferior o igual a 2.5 Kg.

04021000

Leche y nata: las demás

04021090

Leche y nata: acondicionados para la venta

al por menor en envases inmediatos de

contenido neto inferior a igual a 2.5 Kg.

04022110

Las demás

04022190

Acondicionados para la venta al por menor

en envases inmediatos de contenido neto

inferior o igual a 2.5 Kg.

04022910

Las demás

04022990