Oficina de Tratados Comerciales Agrícolas República Dominicana
Martes 07 de Septiempre, 2010

AAE / EPA

  • ¿Qué es el Acuerdo de Asociación Económica (AAE) con la Unión Europea?

Es un régimen mutuamente vinculante entre la Comunidad Europea (CE) y los Estados que conforman el CARIFORO, con la finalidad de sustituir el régimen de preferencias unilaterales que otorgaba la CE a esta región como parte del bloque de países ACP (África, Caribe y Pacífico), por un régimen de comercio recíproco, compatible con las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

  • ¿Cuáles países forman parte del Acuerdo?

Los Países que conforman el CARIFORO y la Comunidad Europea. Para ver el listado completo de países, favor de dirigirse al final de esta página.

  • ¿Qué importancia tiene el AAE para la República Dominicana?

El AAE constituye el segundo acuerdo de mayor importancia para nuestro país, pues abre las posibilidades de exportar libre de aranceles en todos los renglones productivos hacia 27 Estados Miembros de la Comunidad Europea, así como también refuerza el marco jurídico para aprovechar de una vez por todas el atractivo mercado del Caribe.

  • ¿Está la Agricultura contemplada en el Acuerdo?

El tema de Agricultura está contenido en el Artículo 5 del AAE y comprende los objetivos, la integración regional, las políticas de habilitación, la seguridad alimentaria, la obligación de intercambio de información y consulta, los productos agrícolas tradicionales y los compromisos de cooperación.

  • ¿Cuáles son los productos tradicionales dentro del AAE y cómo quedaron negociados?

Los productos considerados tradicionales son el azúcar, arroz, banano y el ron, por haber recibido un trato preferencial contenido en los distintos Protocolos del Acuerdo de Cotonou y de Lomé. Por el volumen del comercio que representan y por la sensibilidad que los caracteriza, el régimen comercial de estos productos cuenta con reglas especiales, como se señalan a continuación:

Azúcar: Se estableció la continuación del Protocolo del Azúcar hasta el 30 de septiembre del año 2009. En este sentido, CARIFORO ganó acceso al mercado europeo con el establecimiento de 60,000 TM de azúcar con 0% de arancel, de las cuales 30,000 TM corresponden a los países que componen la Comunidad del Caribe (CARICOM) y 30,000 TM a la República Dominicana.

Arroz: Los aranceles aplicables a los productos de la partida 1006, correspondiente a arroz, serán eliminados a partir del 1° de enero del año 2010, excepto la partida 1006.10.10 correspondiente a arroz con cáscara “paddy” en semilla, la cual está libre de arancel desde la entrada en vigencia del AAE (1° de enero de 2008 para la Comunidad Europea). Hasta la completa desgravación del arroz, la Comunidad Europea permitirá la entrada de 187,000 TM con 0% de arancel en el año 2008, y 25,000 TM con 0% de arancel en el año 2009. El Acuerdo cuenta con una declaración conjunta en arroz mediante la cual las partes se comprometen a asegurar que de la administración de los contingentes de arroz los países exportadores de arroz del CARIFORO obtengan el mayor de los beneficios. Históricamente, sólo Surinam y Guyana accesaban a este mercado.

Banano: El AAE contiene una Declaración Conjunta en Banano en la cual se reconoce la sensibilidad de este sector, y la Comunidad Europea se compromete a proveer fondos para asistir a la industria en los ajustes necesarios, enfocándose en el impacto social que se derive del nuevo régimen comercial aplicable.

  • ¿Qué sucede con el acceso de bienes agrícolas europeos al mercado dominicano?

El acceso de bienes agrícolas europeos al mercado dominicano se encuentra muy limitado, toda vez que las pocas exclusiones negociadas en el Acuerdo, así como las canastas de desgravación de más largo plazo, fueron reservadas exclusivamente para los productos agrícolas, con el objetivo de proteger la producción nacional. Es decir, que la exclusión permite a los productos agrícolas de alta sensibilidad no sólo no desgravarse, sino aplicar los aranceles vigentes, e incluso incrementarlos hasta el arancel consolidado en la OMC.

  • ¿Cuáles son los logros y beneficios para el sector agrícola derivados de este Acuerdo?

La República Dominicana continúa con una relación preferencial en materia comercial que se torna recíproca para con la Comunidad Europea e iniciaría en tales condiciones con los países de CARICOM. El flujo comercial se verá maximizado en la región del Caribe, y la República Dominicana se convertirá en el receptáculo del volumen del comercio por tener los aranceles más bajos de la región.

  • ¿Cuál es la importancia del Acuerdo para el sector agropecuario dominicano?

Este Acuerdo permitió a los productores agropecuarios de República Dominicana excluir alrededor de 394 líneas arancelarias (39% del total de partidas consideradas agrícolas), entre las cuales se encuentran productos con alta sensibilidad productiva como las carnes y los helados.

  • ¿Cómo República Dominicana negoció el AAE junto a CARICOM, si no forma parte de este bloque?

República Dominicana negoció en el marco del Foro de Estados ACP del Caribe (CARIFORO). El CARIFORO es un espacio de diálogo político creado en octubre de 1992 con el propósito de coordinar la ayuda financiera proveniente de la Unión Europea a los países caribeños signatarios de las convenciones de Lomé.

  • ¿Sustituye el AAE el Acuerdo de Cotonou?

No. El Acuerdo de Cotonou, firmado en junio de 2000 tiene una vigencia hasta el año 2020, y establece las condiciones y compromisos en las relaciones de cooperación para el desarrollo entre los países de África, Caribe y Pacífico (ACP) y la Comunidad Europea. Ahora bien, el Acuerdo de Cotonou lo que hizo desde el 2000 hasta diciembre de 2007, fue proveer un marco jurídico temporal para las relaciones económicas y comerciales de estos dos grupos de países, e incluso contiene un artículo legal que comprometía a las Partes (los Estados ACP y la Comunidad Europea) a concluir negociaciones de uno o varios AAE a más tardar en diciembre de 2007.

  • ¿Sustituye el AAE al Acuerdo Bilateral RD-CARICOM?

No. Ambos acuerdos coexisten jurídicamente, sólo que en caso de diferencias en el tratamiento a un producto o sector en el EPA frente al Acuerdo Bilateral RD-CARICOM, prevalecerá el acuerdo que otorgue el tratamiento más favorable.

  • ¿Cuál fue el mecanismo de negociación utilizado para lograr el desarrollo del acuerdo?

Las negociaciones se efectuaron a través del Foro de Estados del Caribe (CARIFORO), que agrupa las naciones de la Comunidad del Caribe (CARICOM) más la República Dominicana.

El mecanismo de negociaciones se desarrolló en dos niveles: el inicio del proceso se llevó a cabo a lo interno del CARIFORO para establecer un consenso, procurando alcanzar posiciones comunes al abordar los diferentes temas previstos en el acuerdo. Posteriormente, se realizaron rondas de negociaciones bilaterales con la Comisión Europea, como organismo ejecutivo de la Comunidad Europea, por una parte; y por la otra parte, la Maquinaria Regional del Caribe (MRC), creada por CARIFORO como órgano especializado de negociaciones y de apoyo técnico durante todo el proceso.

  • ¿Cuáles son los puntos más relevantes del Acuerdo en el marco legal del mismo?

El marco legal del convenio inicia con un primer Título, con todas las obligaciones concernientes al Comercio de Mercancías y al conjunto de temas vinculados a la regulación de aspectos relativos al libre flujo de mercancías. Estos temas se establecen en siete Capítulos, con los principios, las responsabilidades, los mecanismos administrativos y de cooperación que regirán las relaciones comerciales de acceso al mercado de bienes.

En cuanto a los aspectos más relevantes: en primer lugar, se establece que todos los productos originarios de CARIFORO entrarán exentos de los derechos de aduanas a la Comunidad Europea, a excepción de los productos consignados en el Anexo II. Estos bienes excluidos son los productos sensibles protegidos por CARIFORO, y otros que dentro del acuerdo de Cotonou estaban sujetos a Protocolos Especiales, y sobre los cuales se explicará más adelante los alcances resultantes de las negociaciones

  • ¿Cuáles compromisos regionales han sido asumidos por el CARIFORO?

En términos del acceso intraregional entre la República Dominicana y los países del CARICOM, los niveles de acceso tanto en bienes como servicios, están sujetos a los compromisos de apertura asumidos frente a la Comunidad Europea (CE).

En términos de la apertura de bienes, CARIFORO acordó una lista única de compromisos, siendo por ende compromisos comunes entre los 15 países participantes frente a la CE. Sin embargo, dentro de este principio existieron algunas excepciones, destacándose el acceso superior otorgado por República Dominicana a unas 800 líneas arancelarias, para las cuales la CE solicitó un tratamiento similar al otorgado por nuestro país a los Estados Unidos.

Esto es un elemento importante en lo que respecta al intercambio comercial con Haití, pues en el AAE, este país consolida los aranceles para todas las partidas que no fueron excluidas del acuerdo, aportando un elemento de transparencia que debe ser valorado por los agentes económicos nacionales.

  • ¿Cuál es el sector más importante a desarrollar para la República Dominicana por medio de este acuerdo?

El sector más importante para la República Dominicana es sin lugar a dudas los Servicios, así como las disciplinas en materia de inversión. En el Capítulo de Servicios del AAE las reglas sobre inversión otorgarán transparencia a las condiciones de acceso a mercado en manufactura, minería, agricultura, selvicultura y servicios. Los inversionistas del CARIFORUM tendrán Trato Nacional (TN) y Trato de Nación Más Favorecida (NMF) en la Comunidad Europea y viceversa. La gran ventaja de contar con un Capítulo de Inversión es que el mismo tiene un régimen para la solución de controversias.

La República Dominicana se encuentra en una coyuntura económica interesante, en la cual los Acuerdos de Libre Comercio pueden constituirse en un factor de gran relevancia, esto así porque con el nuevo AAE, somos el tercer país del hemisferio en suscribir un Acuerdo con Estados Unidos de Norteamérica y la Comunidad Europea de manera simultánea.

  • ¿Por qué la RD es considerada como un punto estratégico de distribución?

Nuestra posición geográfica es privilegiada, unida al hecho de que nuestra apertura frente a Europa en Inversiones y Servicios es muy superior a la presentada por el resto de CARIFORO, hace previsible la posibilidad de que la República Dominicana sea considerada como punto de distribución regional e inclusive un centro de negocios de grandes perspectivas, apoyado en sus conocidas ventajas en materia de telecomunicaciones, transporte marítimo, aéreo, que nos deben proporcionar grandes oportunidades de inversión europea o de otros naciones interesadas en el mercado regional del Caribe.

  • ¿Cuáles son las disposiciones de innovación para los países miembros?

Esta tiene como objetivo promover los procesos de innovación en la región, fortalecer la competitividad de las empresas, facilitar la producción y comercialización de productos innovadores y creativos. De manera general, permitirá a CARIFORO tener acceso a los programas de la Comunidad Europea para apoyar la innovación. La sección incluye cooperación en el área de competitividad e innovación, ciencia y tecnología, tecnología de la información y comunicación, eco-innovación, energía renovable e industrias culturales.

  • ¿Cuáles instrumentos se han designados para tratar la sensibilidad en los productos agropecuarios?

El Sector Agrícola reporta una sensibilidad altamente reconocida, por lo cual siempre se albergan temores respecto a los efectos o incidencias negativas en los bienes agropecuarios que puede provocar cualquier acuerdo de libre comercio. Sin embargo, el AAE constituye el instrumento jurídico que mayores beneficios ha conferido al comercio de los bienes agrícolas.

Se disipa entonces la duda de un comercio en condiciones de competencia desigual, toda vez que el acceso al mercado europeo de los principales productos dominicanos de exportación se ha mantenido. Las exclusiones negociadas en el acuerdo, así como los plazos de desgravación más largos, fueron reservados esencialmente para los productos agrícolas. Además, se prevé una sustancial asistencia técnica y financiera que la Comunidad Europea se comprometió a mantener, a los fines de cooperar con el ajuste estructural y la competitividad que exige el nuevo esquema de comercio.

El tema de Agricultura está contenido en el Artículo 5 del documento legal y comprende los objetivos, la integración regional, las políticas de habilitación, la seguridad alimentaria, la obligación de intercambio de información y consulta, los productos agrícolas tradicionales y los compromisos de cooperación.

  • ¿Cuáles productos son considerados como originarios en la RD?

Los productos considerados tradicionales son el Azúcar, el Arroz, el Banano y el Ron, por haber recibido un trato preferencial contenido en los distintos Protocolos del Acuerdo de Cotonou y de Lomé.

ABREVIATURAS

UE: Unión Europea

CE: Comunidad Europea

MRC: Maquinaria Regional del Caribe

AAE: Acuerdo de Asociación Económica

EPA: Economic Partnership Agreement

CARIFORO: Antigua y Barbuda, Commonwealth de las Bahamas, Barbados, Belice, Commonwealth de Dominica, República Dominicana, Granada, República Cooperativa de Guyana, República de Haití, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, República de Surinam, y la República de Trinidad y Tobago.

COMUNIDAD EUROPEA: Reino de Bélgica, República de Bulgaria, República Checa, Reino de Dinamarca, República Federal de Alemania, República de Estonia, Irlanda, República Helénica, Reino de España, República Francesa, República Italiana, República de Chipre, República de Letonia, República de Lituania, Gran Ducado de Luxemburgo, República de Hungría, República de Malta, Reino de los Países Bajos, República de Austria, República de Polonia, República Portuguesa, Rumania, República de Eslovenia, República Eslovaca, República de Finlandia, Reino de Suecia, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.